¿Existe la posibilidad de facturar sin ser autónomo? Esta es una de las inquietudes más frecuentes a las que se enfrenta la mayoría de trabajadores freelance en España, especialmente aquellos que trabajan de forma esporádica y cuyo nivel de ingresos son insuficientes para pagar las cuotas que se vuelven obligatorias desde el momento en que se completa el alta como autónomo.
Por esta razón, existen algunas alternativas con las cuales facturar los ingresos percibidos sin ser autónomo, siempre que estos sean inferiores al salario mínimo. Es importante cumplir con una serie de requisitos que te permitan cotizar como freelance sin tener que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
La solución que presentaremos te permitirá emitir facturas para respaldar colaboraciones puntuales de trabajos eventuales o actividades remuneradas que realices regularmente, sin llegar a incumplir con la normativa de Seguridad Social. Te contamos más, a continuación, sobre la ruta de actuación que debes seguir si quieres facturar sin ser autónomo.
Contenido
Requisitos para facturar sin ser autónomo
En primer lugar, es importante aclarar que no es posible completar el procedimiento sin darse de alta en Hacienda. Más específicamente, tendrás que registrarte bajo el modelo 036 (Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores), con lo cual Hacienda tendrá conocimiento de tu fuente de ingresos.
Darse de alta en Hacienda bajo el modelo 036 no tiene ningún costo y es de hecho un procedimiento bastante simple. Culminado el registro, tendrás la posibilidad de facturar utilizando programas de facturación online, además tendrás que realizar el pago de IVA sobre los ingresos obtenidos y la declaración del IRPF de forma trimestral con su correspondiente resumen anual.
Gracias a esto, podrás mostrar legalidad frente a tus clientes, incluso cuando aún no cumplas con las condiciones necesarias para considerarte autónomo o acogerte al reglamento específico que existe para ellos. Por supuesto, la posibilidad de facturar sin ser autónomo solo estará disponible mientras los ingresos sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional de 950 euros al mes.
Para que lo anterior sea posible, la actividad desarrollada debe llevarse a cabo de forma no habitual y no necesitando de un establecimiento físico para la prestación del servicio, ya que no se considera esta como la fuente de ingreso principal.
Cooperativas de facturación para freelancers
La segunda alternativa para aquellos trabajadores que no están sujetos a relación de dependencia y tienen la necesidad de emitir facturas por las colaboraciones prestadas a personas y empresas, es unirte a una cooperativa de facturación para freelancers. Estas se encargan de gestionar tus impuestos y emitir las facturas correspondientes, cobrando una comisión por el servicio.
Dado que estas organizaciones se especializan en el tema, pueden proveerte mucha información de utilidad, evitando cotizar como autónomo, sino como colaborador o empleado temporal de la sociedad, por lo que tendrás que pagar a la Seguridad Social cada día trabajado. Con respecto a este servicio, es necesario realizar ciertas aclaraciones.
Aunque las cooperativas se convierten en una solución práctica, es importante saber que existen riesgos asociados al uso de este servicio. En primer lugar, se encuentran bajo la mira de la Inspección del Trabajo por tener una “finalidad defraudadora”, lo cual ha terminado en la disolución de algunas de estas, afectando a los cooperativistas.
¿Cuáles son los peligros de facturar sin ser autónomo?
La legalidad que sustenta la facturación para profesionales que no se encuentran dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es bastante específica, siendo importante que se cumpla con las obligaciones correspondientes. De lo contrario, estarás expuesto a sanciones, multas e incluso la posibilidad de ser considerado como un evasor de impuestos.
Adicionalmente a lo anterior, considera que este es un procedimiento que solo puede realizarse cuando se realizan actividades eventuales. Por tanto, cuando obtienes todos los meses facturaciones por montos similares, incluso si estas se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, será tomado como una actividad habitual, estando obligado al alta en el RETA.
Por lo general, la sanción que se aplica habitualmente es obligar a realizar el pago de todas las cuotas mensuales desde el momento en que diste el alta en Hacienda, con un recargo de 20% y eliminando la posibilidad de adherirte a la tarifa plana o cualquier otro bono que se encuentre disponible.
¿Cuándo NO deberías facturar sin ser autónomo?
Según el Estatuto del Trabajo Autónomo, se considera un trabajador autónomo a la “persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”. Por lo tanto, siempre que se cumplan estas condiciones, estamos obligados al alta en el RETA.
En este caso, el freelance tendrá que darse de alta en Hacienda y Seguridad Social, de lo contrario estaríamos hablando de fraude laboral y potencial evasión de impuestos, algo que puede ser fácilmente detectado ya que ambas instituciones mantienen una comunicación fluida y es poco posible retrasar el procedimiento sin levantar sospechas y exponerse a sanciones.
Lo más adecuado será informarse correctamente de todos los detalles implicados en la facturación como autónomo y acogerse a la tarifa plana mensual disponible que hace mucho más cómodo el pago de cuotas como autónomo. Incluso, esto te ofrecería la posibilidad de acogerte al paro y optar a subvenciones públicas que minimicen el impacto de las cotizaciones iniciales.
Sin duda, la legislación laboral ha dado pasos agigantados para reconocer la figura del trabajador autónomo y hacer más simple el reconocimiento de las actividades independientes, así como la protección de los derechos de esta clase de trabajadores, pero todavía es importante que las personas asuman la responsabilidad de cumplir con los reglamentos correspondientes.
En caso de ser una persona con trabajos independientes eventuales, tienes la alternativa de facturar sin realizar el pago de la cuota mensual de autónomo, pero en el caso de que tus ingresos superen el SMI, será importante que te des de alta en Hacienda, el RETA y comiences a realizar el pago de la cuota correspondiente.
Soy autonoma y me kiero dar de vaja pero quiero continuar con mi megocio quiero facturar sin ser autonoma
Solicito mas informacion
Hola buenas! Acabo de realizar un servicio puntual de marketing digital con la plataforma de freelance useme, es con un país extranjero. La cantidad no ha llegado a 200euros, pero aun así debería darme de alta en algún sitio? Gracias
Me gustaría que me puedan asesorar, gracias