El beneficio legal que reciben los empleados porque van a tener un hijo y requieren tiempo para su cuidado se conoce como Baja por Paternidad. Desde el inicio del año 2020 se presentaron ciertos cambios que buscan beneficiar a aquellos que están viviendo esta nueva experiencia. Conoce todo lo referente a este importante beneficio y su reglamentación.
Contenido
¿Qué es la baja por paternidad?
Una baja por paternidad es un permiso con su respectivo aporte o subsidio, que se otorga a un empleado cuando este requiere tiempo libre por los siguientes casos:
- Su pareja va a tener un bebé.
- Está realizando la adopción de un niño.
- Tiene un bebé a través de un acuerdo de subrogación.
La baja por paternidad ha experimentado en tierras españolas un incremento este año como consecuencia del RD-Ley 6/2019 de Medidas Urgentes, una medida que ofrece garantías de trato igualitario y oportunidades muy similares entre ambos sexos en el empleo y la ocupación.
Aunque todavía se denomina coloquialmente como “baja por paternidad”, la denominación actual es el permiso de nacimiento para el progenitor diferente de la madre biológica, esto con la intención de ofrecer igualdad y oportunidades, quedando asentado en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.
El objetivo final del Real Decreto-ley 6/2019 es aumentar la baja por paternidad de ocho semanas en 2019 a 12 semanas en 2020 y se espera que, a 16 semanas en 2021, cuando se espera que tanto las bajas por maternidad y paternidad sean iguales e intransferibles. Desde el primer día del año 2020, en el caso de nacimiento, el progenitor, diferente a la madre biológica tendrá un período total de doce semanas, de la siguiente manera:
- Las cuatro semanas iniciales deben ser disfrutadas sin interrupción, después que nace el menor.
- La madre puede transferir al otro progenitor un lapso de hasta dos semanas perteneciente a su período de permiso. del tiempo que no es obligatorio.
- Si el otro progenitor decide disfrutar de este plazo, así como el de las ocho semanas que aún le restan, se plegará a lo dispuesto en el artículo 48.4 del Estatuto del Trabajador.
¿Cuál es la fecha de vigencia de este permiso?
Desde el primero de enero del 2020, los hombres reciben doce semanas de licencia por paternidad. Para el año 2021, se espera que la licencia por paternidad aumente a dieciséis semanas, igualando lo que reciben las madres como baja por maternidad en la actualidad.
Estipulaciones para la licencia de paternidad en España
Existe un lapso obligatorio de cuatro semanas ininterrumpidas de licencia de paternidad seguidamente después del parto, tanto para la madre como para el padre. Después de eso, el padre puede tomar las otras ocho semanas continuas o discontinuas, por semana y en horario completo o parcial durante el primer año del niño.
En el caso de la adopción, cuando se trata de padres adoptivos o de crianzas, estos reciben seis semanas de licencia obligatoria ininterrumpida, que debe tomar durante los primeros doce meses después de que el niño llega a su hogar. La ley extiende esta licencia de forma voluntaria hasta por 16 semanas para cada padre adoptivo. Además, uno de los padres puede dejar al otro hasta seis semanas de su licencia.
Es importante que considere que es un permiso que no está ligado al tiempo que solicita por nacimiento y puede comenzar a disfrutarlo dentro de un lapso de dieciséis semanas comenzado el permiso por maternidad o justo a la continuación de este.
Beneficiarios de la baja por paternidad
La sociedad experimenta a diario incontables cambios y esto incluye obviamente a la familia. En la actualidad nuevas situaciones han dado espacio a diferentes figuras paternales, que no necesariamente indican o hacen referencia a un padre biológico tradicional, por lo tanto, debe ser una regulación que se ajuste a estas nuevas circunstancias. Esta es una nueva ley que ofrece los siguientes beneficios:
En el caso de parto: este beneficio se otorga sólo al progenitor que no ha dado a luz.
En el caso de adopción o acogimiento: la baja por paternidad aplica a cualquiera de los dos progenitores y lo deciden ellos, obviando al que tenga permiso de maternidad, siendo la otra parte la que tiene derecho a la ayuda por paternidad. Es necesario aclarar que la adopción y el acogimiento son conceptos distintos.
La adopción establece una relación entre padre e hijo similar a la que existe con los progenitores biológicos, tanto en derechos como obligaciones, extinguiendo cualquier vínculo o lazo con la familia de origen.
El acogimiento por otro lado establece que el menor permanece con una familia por un lapso de tiempo, mientras que retorne con sus padres biológicos o se apliquen otras medidas legales. Cuando el menor se encuentra acogido en otro hogar, sus padres biológicos generalmente pueden visitarlo y mantener la patria potestad.
Un solo progenitor: en estos casos no puede solicitarse la baja por maternidad y la de paternidad, el progenitor debe escoger un solo permiso.
Permiso por maternidad compartido: el permiso por maternidad establece una duración de dieciséis semanas. Las seis primeras se deben tomar de manera forzosa luego del nacimiento del menor, no obstante, es posible que la madre ceda las diez semanas restantes al otro progenitor, si ambos acuerdan esta posibilidad, siendo en este caso compatible los permisos.
Menor nacido fuera del país: si la madre permanece en el extranjero y el niño nace fuera de tierras españolas, el otro progenitor puede solicitar en el país la baja por paternidad.
Partos, acogimiento, adopción o guarda múltiples: en estos casos donde el padre asume la responsabilidad de más de un niño se le otorga quince días adicionales por cada uno, a partir del segundo. Existe la posibilidad de tomar la última semana del período de permiso de manera independiente, es decir en algún momento dentro del año siguiente al día de nacimiento del hijo.
Requisitos que se deben presentar
Recuerde que en todos los casos es posible solicitar y disfrutar de este permiso, cumpliendo con los lineamientos correspondientes y consignando los documentos y requisitos solicitados por la ley, al igual que sucede con los demás beneficios y subsidios. Algunos de los requisitos a consignar son:
- Informe de paternidad del servicio de salud.
- Solicitud del permiso expedida a la empresa.
- Modelo oficial de la solicitud de paternidad.
- Última nómina.
- Fotocopia del DNI.
- Libro de familia actualizado.
- Recibo de la entidad bancaria donde se deposita la compensación.
Es importante que toda la tramitación se lleve a cabo en un lapso de tiempo prudencial y así evitar inconvenientes a su empleador. El pago se realizará la segunda semana del siguiente mes. En el caso de los autónomos la prestación por paternidad es igual que para otros empleados y se corresponde con la base de cotización mínima, debe estar al día en los pagos.
La baja por paternidad y los impuestos
La licencia por paternidad pagada por el Seguro Social está exenta del impuesto, tal como los pagos por licencia de maternidad de la seguridad social. Es importante saber que esta disposición tiene efectos retroactivos, es decir que puedes solicitar la devolución del monto pagado en impuestos si el permiso fue tomado a partir del 2014.
Las personas que tomaron en cuenta la prestación por maternidad o paternidad en sus declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los años que están entre el 2014 y el 2017 tiene el derecho de solicitar el reintegro de ese monto a Hacienda, quien tiene la responsabilidad de realizar la devolución de estas retenciones indebidas.
Limitaciones
Como ocurre con otros subsidios gubernamentales, la baja por paternidad presenta ciertos límites:
- El menor adoptado o acogido debe ser menor de seis años.
- En caso de ser acogido o adoptado con discapacidad, puede ser mayor de seis años, pero menores de dieciocho.
- Menores de dieciocho por motivos acreditados por el servicio social competente. (Acreditado en un grado igual o superior al 33%)
- Se puede disfrutar después del permiso de nacimiento, hasta los doce meses del menor.
- El permiso por paternidad beneficia a todas las personas por igual, sin tomar en cuenta si son familias con muchos hijos o no.
- Es necesario que exista un vínculo jurídico entre padre y menor, para conceder la baja por paternidad, es decir debe ser padre biológico o de adopción del niño y no aplica a las personas sólo por ser el cónyuge de la madre biológica o de adopción.
Baja por paternidad y maternidad para parejas homosexuales
En el caso de adopción por parte de parejas del mismo sexo, al haber cumplido dichos trámites tienen derecho a la prestación por paternidad y maternidad, queda de parte de la pareja quien tomará cada permiso. En el caso del miembro que decida tomar el beneficio por paternidad, puede optar también al permiso por nacimiento que establezca su contrato o convenio colectivo.
Periodo mínimo de cotización
Se requiere necesariamente de un período de cotización de ciento ochenta días en los siete años previos a la fecha de suspensión de actividades, dentro de los siete años anteriores a la fecha de inicio de la suspensión o de trescientos sesenta días durante su historia laboral, antes de esa fecha.
¿Qué salario percibe el empleado?
El empleado percibe el cien por ciento de su salario, incluyendo los complementos salariales asignados, es decir todo aquello que se perciben como adicionales a su salario base, ya sea por el contrato colectivo o individual. Este beneficio queda exento del IRPF.
La baja por paternidad antes del 2020
En 2018 se sometió a discusión un proyecto de ley que expone que los padres ahora son elegibles para cinco semanas de licencia de paternidad pagada, una semana más que antes. Si entra en vigor, se indica que será financiado con las contribuciones a la seguridad social, además impone dos semanas de licencia para ambos padres al nacer el niño.
El próximo paso después de esta aprobación, era tratar de establecer las ocho semanas y en marzo del año 2019 la baja por paternidad en España se había extendido de cinco a ocho semanas. Los padres de niños nacidos o adoptados, tienen derecho a una licencia de casi dos meses, de los cuales los dos primeros deben tomarse al mismo tiempo que la madre e inmediatamente después del nacimiento o la adopción.
El proyecto de ley, titulado Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre los dos sexos en el empleo y la ocupación, otorga a los padres, parejas del mismo sexo y el segundo padre la posibilidad de tomar ocho semanas de licencia totalmente remunerada en lugar de las cinco semanas anteriores.
Las dos primeras semanas deben tomarse desde el nacimiento, mientras que las seis semanas restantes pueden distribuirse durante el primer año. La medida conducirá a una equiparación progresiva de la baja por paternidad con la baja por maternidad, tanto para los empleados del sector público como del privado.
Esta reforma es una de las últimas iniciativas, de una serie de reformas destinadas a crear un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal, que inició el parlamento español desde el verano de 2018. La base de la reforma se anunció en un documento de 28 páginas que el gobierno distribuyó a los interlocutores sociales pertinentes.
Las consultas y reuniones de diálogo culminaron con éxito cuando la Administración General del Estado (AGE), en la que están presentes el Gobierno y los sindicatos representativos del sector público, ratificó el posicionamiento elaborado en la Comisión Técnica de Igualdad.
Posteriormente, el 1 de abril de 2019 se aprobó que desde el primer día del año 2020 se ampliará a doce semanas, periodo que se concretó en un Real Decreto-ley para garantizar la igualdad de trato y oportunidades Los sindicatos dijeron en ese momento que la equiparación de la baja por maternidad y paternidad, extendiendo esta última a 16 semanas para todos los funcionarios es uno de sus objetivos históricos.
El objetivo final es aumentar la baja por paternidad de ocho semanas en 2019 a 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021. Para ese momento, dichos beneficios serán similares y personales, es decir no podrán ser transferidos, conociéndose como permisos de nacimiento, que cubre el nacimiento o la adopción y el cuidado del niño por ambos padres con una licencia retribuida de 16 semanas.
España todavía tiene un camino por recorrer en términos de licencia parental compartida, aunque este proyecto de ley pendiente en el parlamento que eventualmente se espera eleve el derecho a la licencia pagada a dieciséis semanas para madres y padres, sería un gran paso en lo que respecta a igualdad laboral.
Continúa leyendo y conociendo a las mujeres emprendedoras del mundo de los negocios.